"Casación 33833 Agosto 25 de 2010
Ésta perito concluyó que las secuelas no son superables y que es muy probable que en cinco años la paciente vaya para un reemplazo de cadera con la necesidad de un tratamiento quirúrgico posterior." (SIC).
Rita Stella Bohórquez Páez presenta alteración psicológica derivada del estrés postraumático, por trauma físico en miembro inferior derecho, con dificultades para desplazarse pues permaneció 6 meses en silla de ruedas y un año en muletas, lo cual le generó pérdida de independencia, de su vida social, imposibilidad para practicar deporte, dificultades para dormir por el dolor, temor a salir a la calle, depresiones continuas, daños en las habilidades emocionales, deterioro en la autoestima por las cicatrices que le quedaron en el cuerpo, trastornos en su deseo y prácticas sexuales.
Éste profesional concluyó que las posibilidades de recuperación del trauma son imposibles, generando la necesidad de que por vida reciba asistencia neuro-psicológica con discapacidad permanente".(SIC).
La justipreciación hecha por el juez de instancia, tuvo presentes tales aspectos y lo que representan para la víctima, por lo que se confirmará la valoración hecha en la sentencia que se revisa respecto de los perjuicios inmateriales causados a la mencionada ciudadana, manteniéndose, entonces, la condena en el equivalente a cien (100) s.m.m.l.v., por concepto de daños morales".
Para la corte no era asi su apreciacion y que en el " evento en concreto, es un hecho cierto e incontrastable que las lesiones, cicatrices, disfunciones orgánicas, discapacidades y secuelas dejadas en el cuerpo de Rita Stella Bohórquez Páez, produjeron unos daños irreparables a su vida de relación que constituyen afectaciones a la esfera exterior de su persona, perjuicios que ameritan valorarse e indemnizarse dentro del concepto de reparación integral".

